Qué se considera accidente en un seguro (y qué no): ejemplos reales
Por el equipo de SALUDFER Actualizado el: 22 de octubre de 2026
Un seguro de accidentes solo paga si lo que ha pasado es, en sentido legal, un accidente. Y no todo lo que en el día a día llamamos «accidente» lo es: un infarto, un ictus o una lesión de espalda al levantar peso suelen quedarse fuera. Te explicamos la definición de la ley, los ejemplos más habituales que sí y que no, los casos dudosos y qué cubre el seguro de accidentes de ASISA, para que sepas de antemano cuándo vas a cobrar.
| Lo esencial en 30 segundos |
|---|
| La ley define el accidente como una lesión corporal por una causa violenta, súbita, externa y ajena a tu intención que produce invalidez o muerte. |
| Sí son accidente: una caída por un resbalón, un choque de tráfico, una quemadura o un golpe jugando al fútbol. |
| Normalmente no: una enfermedad, un infarto o un ictus, porque su causa es interna. En ASISA Accidentes Plus, el infarto sí cuenta como accidente. |
| Si el fallecimiento llega después, ASISA lo cubre hasta 24 meses desde el accidente. |
Índice del artículo
La definición legal: violento, súbito, externo y ajeno a tu intención
La definición de accidente que usan todos los seguros en España está en el artículo 100 de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro. Dice, literalmente:
«Sin perjuicio de la delimitación del riesgo que las partes efectúen en el contrato, se entiende por accidente la lesión corporal que deriva de una causa violenta súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado, que produzca invalidez temporal o permanente o muerte.»
De ahí salen los cuatro requisitos que tiene que cumplir un hecho para que el seguro lo trate como accidente:
| Requisito | Qué significa | Ejemplo |
|---|---|---|
| Violento | Hay una fuerza o un impacto que causa la lesión | Un golpe contra el suelo al caerte |
| Súbito | Ocurre de repente, no se va produciendo poco a poco | Un choque, no un desgaste de rodilla por los años |
| Externo | La causa viene de fuera del cuerpo, no de una enfermedad | Un objeto que cae, el agua, el fuego, otro vehículo |
| Ajeno a tu intención | No lo has provocado a propósito | Te resbalas sin querer; no cuenta una lesión que te causas tú |
Y además tiene que tener una consecuencia: invalidez temporal o permanente, o muerte. Qué consecuencias paga tu seguro concreto lo decide la póliza: ASISA Accidentes cubre el fallecimiento, y Accidentes Plus añade la invalidez permanente y absoluta.
Fíjate en el arranque del artículo: «sin perjuicio de la delimitación del riesgo que las partes efectúen en el contrato». Significa que cada póliza puede concretar o ampliar lo que cubre. ASISA, por ejemplo, define el accidente como el que deriva de una causa violenta, inesperada y sin intención por parte del asegurado y le causa un daño que produce su fallecimiento, y en Accidentes Plus amplía la definición para incluir el infarto.
Ejemplos que sí son accidente
Estos casos cumplen los cuatro requisitos y son los típicos de un seguro de accidentes:
- Caídas: resbalar en la ducha, tropezar en la calle, caerse de una escalera mientras cuelgas una cortina.
- Tráfico: un choque en coche o en moto, un atropello, una caída de la bici.
- Accidentes domésticos: una quemadura con aceite, un corte grave con una herramienta, una descarga eléctrica.
- Deporte: un golpe o una caída practicando un deporte, salvo que tu póliza excluya esa actividad.
- Agresiones sufridas por el asegurado, porque la causa es externa y ajena a su voluntad.
- Ahogamiento accidental en el mar o en una piscina.
Ejemplos que normalmente no lo son
Aquí falla alguno de los requisitos, casi siempre el de causa externa:
- Enfermedades, incluso si aparecen de repente: una neumonía, una apendicitis, un cáncer.
- Infarto e ictus: la causa está dentro del cuerpo. Es la exclusión que más sorprende, y la tratamos aparte más abajo.
- Lesiones por desgaste o por esfuerzo, como una hernia discal o una tendinitis que se van formando con el tiempo.
- Lo provocado a propósito: el artículo 102 de la misma ley dice que, si el asegurado provoca intencionadamente el accidente, el asegurador queda liberado de pagar.
Los casos dudosos
Entre el sí y el no hay situaciones que dependen de los detalles o de lo que diga la póliza. Estas son las que más nos preguntan:
| Situación | ¿Es accidente? | Por qué |
|---|---|---|
| Infarto | Depende de la póliza | Su causa es interna. ASISA Accidentes no lo considera accidente; Accidentes Plus tipo 1 y tipo 2, sí |
| Te mareas, te caes y te rompes la cadera | Depende | La caída es un hecho externo, pero la puede haber causado una enfermedad. Hay que ver el caso y las condiciones |
| Lesión practicando escalada o paracaidismo | Depende de la póliza | Es un accidente, pero algunas pólizas excluyen deportes de riesgo: revisa si el tuyo lo está |
| Infarto en el trabajo | Para la Seguridad Social puede ser accidente de trabajo; para tu seguro privado, depende de la póliza | Son dos conceptos distintos (lo explicamos debajo) |
| Fallecimiento meses después de un accidente | Sí, dentro del plazo | En ASISA está cubierto si ocurre en los 24 meses siguientes al accidente |
Accidente de trabajo no es lo mismo que accidente en un seguro. La Ley General de la Seguridad Social (art. 156) presume, salvo prueba en contrario, que son accidente de trabajo las lesiones que sufre el trabajador durante el tiempo y en el lugar de trabajo. Por eso un infarto en la oficina puede ser accidente laboral a efectos de la Seguridad Social y, sin embargo, no ser accidente para un seguro privado que siga la definición del artículo 100. Son dos sistemas distintos con reglas distintas.
El infarto: por qué importa la diferencia entre Accidentes y Accidentes Plus
Como el infarto es una de las causas de muerte repentina más temidas, es lógico pensar que un seguro de accidentes lo cubre. Con la definición legal, no: su causa es interna. Por eso ASISA ofrece dos productos:
| ASISA Accidentes | Accidentes Plus tipo 1 | Accidentes Plus tipo 2 | |
|---|---|---|---|
| Fallecimiento por accidente | Sí | 18.030,36 € | 30.050,61 € |
| Invalidez permanente y absoluta | No | 12.020,24 € | 18.030,36 € |
| Cirugía estética reparadora | No | 6.010,12 € | 6.010,12 € |
| Hospitalización | No | Hasta 30,05 € al día | |
| Infarto agudo de miocardio como accidente | No | Sí | |
| Precio | Desde 11,63 € al año | Desde 20,88 € al año | |
Si lo que te preocupa es precisamente el infarto, o quieres cubrir también la invalidez, la opción es Accidentes Plus. Qué tipo de invalidez es cada una y cuál suelen cubrir los seguros lo explicamos en tipos de invalidez y seguros de vida. Y si quieres que tu familia cobre por fallecimiento por cualquier causa, también por enfermedad, lo que necesitas es un seguro de vida, no uno de accidentes.
Si el fallecimiento llega después: hasta 24 meses
No todos los accidentes graves causan la muerte en el momento. Puede haber una hospitalización larga, complicaciones o secuelas que acaban en un fallecimiento semanas o meses después. En los seguros de accidentes de ASISA, la cobertura empieza el mismo día del accidente y llega hasta 24 meses después si el accidente termina en fallecimiento. Lo que importa es que la causa sea el accidente, no la fecha del fallecimiento dentro de ese plazo.
Qué hacer si tienes un accidente
- Recibe asistencia y guarda los informes médicos de urgencias y del hospital: son la prueba de qué pasó y de qué lesiones tienes. La Ley de Contrato de Seguro (art. 103) recuerda además que las condiciones de una póliza que cubra la asistencia sanitaria no pueden excluir la asistencia urgente.
- Anota cómo ocurrió: lugar, hora, testigos y, si hubo, el atestado o el parte amistoso.
- Si hay invalidez, el grado se determina después de presentar el certificado médico de incapacidad, según el artículo 104 de la ley.
- Comunícalo a la aseguradora cuanto antes. Si tienes la póliza con nosotros, te ayudamos con los pasos.
Cómo pedir precio de un seguro de accidentes
Los seguros de accidentes de ASISA se contratan de los 14 a los 69 años, sin revisión médica, sin carencia (te protegen desde el primer día), con cobertura en todo el mundo y sin necesidad de ser asegurado de ASISA. El precio depende de tu edad (con dos tramos, hasta los 44 años y de 45 en adelante), del capital y de tu actividad laboral. Déjanos tu teléfono y te llamamos gratis para ayudarte a elegir entre Accidentes y Accidentes Plus, o llámanos al 91 737 96 02.
Preguntas Frecuentes
Preguntas frecuentes sobre qué se considera accidente
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