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Qué hacer cuando fallece un familiar: pasos, trámites y plazos

Por el equipo de SALUDFER Actualizado el: 13 de octubre de 2026

Dos personas cogidas de las manos en un gesto de apoyo tras la pérdida de un familiar

Cuando fallece un familiar, de golpe hay que tomar muchas decisiones y hacer trámites que casi nadie conoce. Esta guía ordena los pasos: qué hacer en las primeras horas, qué papeles hacen falta, qué plazos hay que vigilar en las semanas siguientes y cómo te ayuda un seguro de decesos a no tener que ocuparte de todo.

Lo esencial en 30 segundos
Primero: que un médico certifique el fallecimiento.
Si tenía ASISA Decesos: llama al 91 990 30 60 (24 horas, todos los días) y la funeraria se ocupa del resto.
A partir de 15 días hábiles: pide el certificado de últimas voluntades y el de seguros de fallecimiento.
6 meses: plazo para el impuesto de sucesiones.
Ayuda legal: ASISA Decesos incluye asistencia a la familia con la herencia y las pensiones.

Índice del artículo

Las primeras horas

1. Que un médico certifique el fallecimiento. Si ocurre en un hospital o una residencia, lo hace su médico. Si ocurre en casa, llama al médico de cabecera o al 112 para que acuda un médico a extender el certificado médico de defunción: sin él no se puede hacer nada más.

2. Comprueba si tenía seguro de decesos. Busca la póliza o la tarjeta entre sus papeles, o pregunta a la familia. Si no lo sabes, más adelante podrás confirmarlo con el certificado de seguros de fallecimiento (te lo explicamos en esta guía), pero en las primeras horas lo práctico es llamar a su aseguradora si tienes algún indicio.

3. Llama al seguro de decesos. Si el asegurado tenía ASISA Decesos, el teléfono es el 91 990 30 60, atendido 24 horas al día, todos los días del año. Con esa llamada se pone en marcha el servicio funerario contratado.

4. Decide con la funeraria los detalles: tanatorio, entierro o incineración, cementerio, ceremonia… Si hay seguro, no tienes que adelantar el pago de lo que cubre la póliza.

Qué hace la funeraria por ti

Con un seguro de decesos, la funeraria se ocupa de la mayor parte de lo urgente:

  • El traslado del fallecido y su preparación.
  • El ataúd o arca, la sala del tanatorio, las flores y, si se desea, el servicio religioso.
  • El entierro o la incineración, con el coche fúnebre y los de acompañamiento.
  • La inscripción en el Registro Civil y los permisos necesarios, como la licencia de enterramiento.
  • Las esquelas y la obtención de los certificados oficiales.

En ASISA Decesos, si el entierro es en otro lugar de España (por ejemplo, en el pueblo de la familia), el traslado nacional hasta el cementerio elegido está incluido.

Las semanas siguientes: trámites y plazos

Pasado lo más urgente, quedan los trámites para conocer la voluntad del fallecido y repartir la herencia:

TrámiteCuándoPara qué sirve
Certificado de defunción (Registro Civil)Tras la inscripciónLo piden bancos, notarios y organismos para casi todo.
Certificado de últimas voluntadesA partir de 15 días hábiles del fallecimientoDice si hizo testamento y ante qué notario.
Certificado de contratos de seguros de fallecimientoA partir de 15 días hábiles del fallecimientoDice si tenía seguros de vida o de decesos y con qué compañía.
Testamento o declaración de herederosCon los certificados anterioresDetermina quiénes heredan.
Impuesto de sucesiones6 meses desde el fallecimiento (prorrogables 6 más si se piden en los 5 primeros)Hay que liquidarlo para aceptar la herencia.
Pensiones de viudedad u orfandadCuanto antes, en la Seguridad SocialPrestaciones para el cónyuge y los hijos.

Los dos certificados se piden al Ministerio de Justicia, en persona, por correo o por internet. Si aparece un seguro de vida, te explicamos cómo cobrar un seguro de vida. Si quieres entender cómo funciona el reparto y qué impuestos se pagan, lo explicamos en esta guía sobre herencias.

La ayuda legal que incluye ASISA Decesos

Los trámites de la herencia y las pensiones son los que más se alargan. Por eso ASISA Decesos incluye asistencia legal por fallecimiento para los familiares: abogados que orientan y, además, redactan los escritos y presentan la documentación en sucesiones y pensiones. Por ejemplo, la aceptación o renuncia de la herencia, el inventario de bienes, los impuestos, las inscripciones en los registros o la solicitud de las pensiones de viudedad y orfandad.

Para usarla, la familia llama al 91 595 75 75.

Si el fallecimiento ocurre de viaje

Si el asegurado fallece fuera de su localidad, también se llama al 91 990 30 60. ASISA Decesos incluye el traslado hasta el lugar de entierro, también desde el extranjero en viajes de hasta 90 días, y los gastos de un acompañante en el traslado. Para estancias más largas fuera de España existe una garantía opcional. Es una de las situaciones en las que más se nota tener el seguro: organizar y pagar un traslado internacional por tu cuenta es complicado y caro.

Preguntas Frecuentes

Preguntas frecuentes cuando fallece un familiar

Al 91 990 30 60, disponible las 24 horas, todos los días del año. Con esa llamada se activa el servicio funerario contratado.

Lo que cubre la póliza lo paga la aseguradora directamente. Solo pagarías los extras que la familia decida añadir y que no estén incluidos en el servicio contratado.

Pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento. Se pide al Ministerio de Justicia junto con el certificado de defunción.

Seis meses desde el fallecimiento. Se puede pedir una prórroga de otros seis meses si se solicita dentro de los cinco primeros.

¿Tienes más dudas? Consulta todas nuestras preguntas frecuentes sobre el seguro de decesos.

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